NOM-011-STPS-2001: guía de ruido en el trabajo y protección auditiva

La NOM-011-STPS-2001 establece las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde hay ruido que pueda dañar la audición.

Límites de exposición

El límite máximo para una jornada de 8 horas es de 90 dB(A). Si el ruido sube, el tiempo permitido baja:

  • 90 dB(A): 8 horas
  • 93 dB(A): 4 horas
  • 96 dB(A): 2 horas
  • 99 dB(A): 1 hora
  • 102 dB(A): 30 minutos

Desde cuándo hay que actuar

  • Las áreas con 80 dB(A) o más deben reconocerse y evaluarse. Ahí aplica el Programa de Conservación de la Audición.
  • Los trabajadores expuestos a 85 dB(A) o más deben recibir exámenes médicos.

Qué debe hacer la empresa

  • Reconocer y evaluar las áreas con ruido.
  • Dar protección auditiva a los trabajadores.
  • Tener un Programa de Conservación de la Audición: medición, control, protección, revisión de la salud auditiva, capacitación, registros y evaluación.
  • Informar a cada trabajador sus resultados.
  • Repetir la evaluación cada dos años, o dentro de 90 días si cambian procesos, equipos o controles.

Equipo

Preguntas frecuentes

¿Desde cuántos decibeles necesito protección auditiva?

El Programa de Conservación de la Audición aplica desde 80 dB(A). El límite de exposición para 8 horas es de 90 dB(A).

¿Quién elige el protector?

La empresa. La norma pide calcular el factor de reducción del protector para confirmar que baja el ruido a un nivel seguro.

¿Basta con dar tapones?

No. La protección es uno de los siete elementos del programa; también se mide, se controla, se capacita y se revisa la salud auditiva.

¿Cada cuánto se evalúa el ruido?

Cada dos años, o dentro de los 90 días posteriores a cambios que puedan alterar los resultados.

Esta guía es informativa y resume la norma en lenguaje sencillo. Para cumplimiento legal consulta el texto oficial (NOM-011-STPS-2001, DOF) o a un especialista en seguridad e higiene.

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