La NOM-011-STPS-2001 establece las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde hay ruido que pueda dañar la audición.
Límites de exposición
El límite máximo para una jornada de 8 horas es de 90 dB(A). Si el ruido sube, el tiempo permitido baja:
- 90 dB(A): 8 horas
- 93 dB(A): 4 horas
- 96 dB(A): 2 horas
- 99 dB(A): 1 hora
- 102 dB(A): 30 minutos
Desde cuándo hay que actuar
- Las áreas con 80 dB(A) o más deben reconocerse y evaluarse. Ahí aplica el Programa de Conservación de la Audición.
- Los trabajadores expuestos a 85 dB(A) o más deben recibir exámenes médicos.
Qué debe hacer la empresa
- Reconocer y evaluar las áreas con ruido.
- Dar protección auditiva a los trabajadores.
- Tener un Programa de Conservación de la Audición: medición, control, protección, revisión de la salud auditiva, capacitación, registros y evaluación.
- Informar a cada trabajador sus resultados.
- Repetir la evaluación cada dos años, o dentro de 90 días si cambian procesos, equipos o controles.
Equipo
- PROTECCIÓN AUDITIVA: tapones y orejeras con distintos niveles de reducción de ruido.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuántos decibeles necesito protección auditiva?
El Programa de Conservación de la Audición aplica desde 80 dB(A). El límite de exposición para 8 horas es de 90 dB(A).
¿Quién elige el protector?
La empresa. La norma pide calcular el factor de reducción del protector para confirmar que baja el ruido a un nivel seguro.
¿Basta con dar tapones?
No. La protección es uno de los siete elementos del programa; también se mide, se controla, se capacita y se revisa la salud auditiva.
¿Cada cuánto se evalúa el ruido?
Cada dos años, o dentro de los 90 días posteriores a cambios que puedan alterar los resultados.
Esta guía es informativa y resume la norma en lenguaje sencillo. Para cumplimiento legal consulta el texto oficial (NOM-011-STPS-2001, DOF) o a un especialista en seguridad e higiene.
¿Necesitas cotizar el equipo para cumplir la norma? Te ayudamos a elegir.

